Conocido es que en los campos de
nuestro país se utilizan las quemas –o el fuego- como herramienta para eliminar
residuos vegetales que quedan después de faenas agrícolas y forestales en
predios rurales.
Debido a los múltiples impactos
que se generan con ello —por ejemplo, riesgo de incendios forestales—, esta
práctica es regulada para minimizarlos.
La legislación vigente faculta a CONAF, a través del Decreto Supremo
276/1980, del Ministerio de Agricultura, para establecer medidas de utilización
del fuego en forma segura y sólo como quema controlada.
En mayo del 2016 se publicó en el
Diario Oficial de la República de Chile, el decreto 34, el cual modificó el
Decreto Supremo 276/1980, que lo hizo extensivo a todo el territorio nacional.
Por lo tanto, CONAF actualmente
es la encargada de administrar esta actividad desde la Región de Arica y
Parinacota hasta Magallanes.
Para realizar una quema
controlada será necesario que, antes de usar el fuego, el interesado se acerque
a las oficinas de CONAF y avise de su intención de hacer una quema controlada.
En estas le solicitarán algunos antecedentes y le entregarán un comprobante de
su aviso de quema, el que señalará días, horas y medidas imprescindibles de
ejecutar antes y durante la quema controlada. Una vez que tenga el comprobante
en su poder e implemente las medidas, el interesado podrá realizarla en las
fechas y horas que éste señale.
(Noticia CONAF: https://www.conaf.cl/incendios-forestales/prevencion/quemas-controladas/)